Beneficios Sociales


Estos Beneficios consisten en Bonos, Aportes y Convenios a los cuales tienen acceso los socios del Departamento de Bienestar y son los siguientes:

2.1.- BONOS

I.- Bono de Matrimonio o Unión Civil: Se otorgará un bono de $50.000 al afiliado que contraiga matrimonio Civil. Si ambos son afiliados se les pagará el beneficio a cada uno.                     
II.-Bono de Nacimiento: Se otorgará un bono de nacimiento de $50.000.-
En caso que ambos padres estén afiliados el bono se le otorgará a cada uno.                         
III.-Bono de Parto: Se otorgará a la madre afiliada al bienestar un bono de $50.000.
IV.-Bono de Adopción: Se otorgará un bono de adopción de $50.000  a la madre y/o padre afiliados
V.-Bono Ayuda Escolar: Se otorgará  al afiliado al bienestar un bono de $ 15.000 por cada carga legal que acredite estudiar en la Enseñanza pre-básica, Educación Básica o Especial, Educación Media y / o Educación  Superior.                          
VI- Bono Educación Superior del Afiliado: Se otorgara un bono de $ 30.000.-  al afiliado que se encuentre realizando estudios en la educación Superior o Universitaria, cursos de postgrado, especialización y/o  perfeccionamiento.
VII.- Bono de Vacaciones:    Cuando el afiliado haga uso efectivo de su  feriado legal,     en al menos una fracción igual o superior a diez días, tendrá derecho de un bono de          $ 30.000.-Por una sola vez en un año calendario.

El Departamento Gestión de Personas emitirá mensualmente una nómina con los asociados que hicieron uso de 10 días o más de su feriado legal, Indicando las fechas de éste. Estos serán ratificados por el Bienestar para su pago.

Este beneficio expira el 31 de Diciembre de cada año, si no se hace uso de los 10 días o más del feriado en el año, se pierde.
Este beneficio no es acumulable, si no se utiliza en el año, se pierde.

2.2.- APORTES
I.- Aporte por fallecimiento del Cónyuge: Se entregará al afiliado que certifique la
Relación legal. Monto del beneficio es de $50.000.-
II.- Aporte por fallecimiento carga legal: Se entregará al afiliado que lo acredite como
Carga. Monto del beneficio es de $200.000.-                      
III.- Aporte por fallecimiento de los padres: Se entregará al afiliado que certifique la
Relación legal. Monto del beneficio es de $30.000.-                                      
IV.- Préstamos de Auxilios: Eventualmente se podrá otorgar éste beneficio al afiliado en
Casos considerados como catastróficos: tales como de salud, Urgencia Social,
Incendio. Etc. Previa evaluación y aprobación del Comité