- Capacidad cuatro urnas.
- Sin límite de reducciones.
- Hasta la tercera generación.
- Sin costo de mantención.
- Podrán sepultar personas ajenas a la familia con previa autorización de los propietarios.
- Se podrán sepultar segundo, tercero y cuartos restos de ascendientes o descendientes y cónyuges del ultimo fallecido acreditando el parentesco y cancelando el arancel vigente.